EL INSS TE HA DICHO QUE NO. ESA RESOLUCIÓN SE RECURRE.
Incapacidad denegada, altas médicas precipitadas, pensiones mal calculadas y prestaciones sin reconocer. Revisamos tu expediente médico antes de reclamar y te decimos qué recorrido tiene.
1ª VALORACIÓN GRATUITA
¿Prefieres que te llamemos?
Déjanos tus datos y te llamamos hoy mismo. Sin compromiso.
Una denegación del INSS no es la última palabra, es el principio del expediente
Llega la resolución, la lees dos veces y no entiendes nada. Dice que tus limitaciones no impiden el desempeño de tu profesión habitual, aunque llevas meses sin poder trabajar. Y debajo, un plazo corriendo.
Lo primero que hacemos es pedir y leer entero tu expediente médico, el del INSS y el de tu servicio de salud. A partir de ahí te decimos, sin rodeos, qué grado es realista pedir y qué prueba falta para sostenerlo. Y te contestamos en menos de 24 horas.
Cuando ya no puedes desempeñar las tareas fundamentales de tu profesión habitual. Acreditamos las limitaciones funcionales frente al INSS y ante el Juzgado de lo Social.
Ver más →
Incapacidad para toda profesión y necesidad de ayuda de tercera persona. Preparamos la prueba médica y el informe de dependencia que sostienen el grado.
Ver más →
Incapacidad temporal, prórroga de los 365 días y altas del INSS antes de tiempo. La disconformidad con el alta se presenta en cuatro días naturales.
Ver más →
Jubilación ordinaria, anticipada y parcial. Revisamos períodos cotizados, integración de lagunas y coeficientes reductores mal aplicados.
Ver más →
Pensión de viudedad, parejas de hecho, auxilio por defunción y prestaciones de orfandad. Reclamamos las denegaciones por defectos de acreditación.
Ver más →
Agravación o mejoría de una incapacidad ya reconocida y revisión de las resoluciones que dejan el grado por debajo de lo que corresponde.
Ver más →
Si el daño vino de una falta de medidas de seguridad, la empresa responde con un recargo de entre el 30% y el 50% sobre todas tus prestaciones.
Ver más →
Accidente de trabajo y enfermedad profesional frente a contingencia común. Cambia quién paga, la base reguladora y el porcentaje que cobras.
Ver más →
Ingreso mínimo vital, pensiones no contributivas de invalidez y jubilación y prestaciones por hijo a cargo con discapacidad. Denegaciones y extinciones.
Ver más →
Reclamación previa, silencio administrativo y demanda ante el Juzgado de lo Social. Los plazos son cortos y no admiten prórroga.
Ver más →
Prestaciones derivadas de un accidente laboral o in itinere, con la contingencia bien calificada desde el principio.
Ver más →
El INSS reclama la devolución de lo cobrado. Se discute el importe, el periodo, la prescripción y la propia obligación.
Ver más →
¿Quieres hablar directamente con un abogado?
Llámanos ahora
POR QUÉ CONFÍAN EN NOSOTROS
Casi ninguna denegación del INSS se apoya en un argumento jurídico. Se apoya en un informe clínico que no describe bien lo que te pasa: un diagnóstico sin limitaciones funcionales, una escala de dolor que nadie midió, una prueba que nunca se pidió. Si eso no se corrige antes de la demanda, el juzgado verá el mismo papel que vio el Equipo de Valoración de Incapacidades.
En el despacho reunimos formación en terapia ocupacional, un Máster en Intervención en Dependencia y Discapacidad, experiencia dentro del SERGAS y estudios de Medicina con veinticinco años en el sector de la tecnología médica. Sabemos leer un informe de rehabilitación y traducirlo a limitaciones para tu puesto concreto. Preparamos el expediente clínico primero y planteamos la demanda después.
CÓMO TRABAJAMOS
PASO 1
NOS CUENTAS QUÉ TE PASA
Por teléfono, WhatsApp o formulario. Te decimos qué necesitamos: resolución del INSS, informes médicos, vida laboral y descripción de tu puesto.
PASO 2
REVISAMOS EL EXPEDIENTE MÉDICO
Pedimos el expediente completo al INSS y a tu servicio de salud, y lo cruzamos con las tareas reales de tu profesión habitual.
PASO 3
TE DECIMOS QUÉ RECORRIDO TIENE
Por escrito: qué grado o prestación es realista, qué prueba falta y qué plazo corre. Si tu caso no tiene recorrido, te lo decimos igual.
PASO 4
RECLAMACIÓN PREVIA Y DEMANDA
Reclamación previa ante el INSS y, si se desestima, demanda ante el Juzgado de lo Social de A Coruña, con suplicación ante el TSXG si procede.
El Derecho de la Seguridad Social regula las prestaciones que sustituyen tus ingresos cuando falla la salud, la edad o el sostén familiar: incapacidad temporal, incapacidad permanente en sus cuatro grados, jubilación, viudedad, orfandad, prestaciones no contributivas e ingreso mínimo vital. Su norma central es el Real Decreto Legislativo 8/2015, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y el cauce procesal lo fija la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social. Las resuelve el INSS previo dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades, y se revisan ante los Juzgados de lo Social de A Coruña y, en suplicación, ante la Sala de lo Social del TSXG.
Aquí el plazo no empieza cuando empeoras: empieza cuando te notifican. Y son plazos cortos, que siguen corriendo mientras esperas la cita del especialista o el informe que te falta. El error más frecuente, y el único que no tiene arreglo, es dejarlos pasar mientras se decide qué hacer. Estos son los que deciden un expediente de Seguridad Social:
| Actuación | Plazo |
|---|---|
| Reclamación previa frente a una resolución del INSS | 30 días hábiles |
| Demanda tras la desestimación de la reclamación previa | 30 días hábiles |
| Disconformidad con el alta médica del INSS agotada la IT | 4 días naturales |
| Revisión del grado de incapacidad permanente | El fijado en la resolución |
| Prescripción del derecho a reclamar una prestación | 5 años |
Los días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos; la disconformidad con el alta médica, en cambio, se cuenta en días naturales, y por eso se pierde tantas veces. Las pensiones de jubilación y de muerte y supervivencia no prescriben, aunque los efectos económicos solo se retrotraen tres meses desde la solicitud. Consultar el mismo día que llega la resolución es lo que permite trabajar el expediente con margen.
El INSS no valora tu diagnóstico, valora tus limitaciones funcionales y las compara con las tareas de tu profesión habitual. Por eso dos personas con la misma patología reciben resoluciones distintas. Antes de acudir al Equipo de Valoración de Incapacidades revisamos el historial completo, detectamos qué pruebas faltan, pedimos los informes de especialista que describan restricciones concretas y, cuando el caso lo exige, incorporamos una pericial médica independiente. Sin ese trabajo previo, la demanda repite ante el juzgado la misma foto incompleta que ya llevó a la denegación.
Que la contingencia se califique como profesional o como común no es un matiz administrativo: cambia la base reguladora, el porcentaje que cobras y quién paga, la mutua o el INSS. Las patologías de espalda, las lesiones por movimientos repetitivos y los cuadros de ansiedad de origen laboral se derivan con frecuencia a contingencia común. La determinación de contingencia se impugna ante el INSS y, después, en el juzgado. Si además hubo un incumplimiento preventivo, se abre el recargo del artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.
Muchas pensiones se reconocen, pero por menos de lo que corresponde. Períodos cotizados que no constan en la vida laboral, lagunas mal integradas, convenios especiales no computados, coeficientes reductores aplicados sin causa o el complemento para la reducción de la brecha de género que nadie solicitó. También se deniegan pensiones de viudedad a parejas de hecho por defectos de acreditación y orfandades por errores en la edad o en la dependencia económica. Revisar el cálculo de la base reguladora es barato; asumir una pensión mal fijada durante veinte años, no.
EXCELENTE A base de 35 reseñas Publicado en Google Elias GhrTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Quería agradecer a Cristina por la atención que tuvo conmigo. Me atendió genial y se tomó todo el tiempo necesario para escuchar mi situación y resolver todas las dudas que tenía sobre mi último trabajo. Me explicó todo de una forma muy clara y sencilla y la verdad es que me ayudó muchísimo a entender mejor mi situación y a quedarme más tranquilo. Muy buena profesional y, sobre todo, muy cercana. Muchas gracias por tu tiempo Cristina La recomiendo sin ninguna duda!Publicado en Google ana criadoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Una profesionalidad y atención inmejorables, muy buen servicioPublicado en Google Mari Carnen M CTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Gente muy profesional, un trato muy cercano y hacen un trabajo excelente.Publicado en Google Carolina Realpe RamosTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelente trabajo con estos profesionales 😃 contetaPublicado en Google lisbeth MorilloTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Sin duda, ha sido la mejor experiencia que he tenido con un despacho de abogados. Estoy muy agradecida por el trato recibido y por el resultado. Recomiendo Farum Abogados al 100% a cualquier persona que busque profesionales de confianza, serios y comprometidos con sus clientes.Publicado en Google Elena lodeiro calvinoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Estoy muy agradecida con este despacho por la profesionalidad, cercanía, y dedicación que me están demostrando. Me están ayudando en un proceso complicado de deuda con hacienda y repartición de herencia., desde el primer momento me han asesorado con claridad y tranquilidad. Sin duda un despacho muy recomendable. Yo volveré a contar con ellos.Publicado en Google Manuel Aguiar VazquezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos profesionales. Claros y concretos en la resolución de conflictos. Los recomiendo.Publicado en Google Angel ATrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos profesionales. Nos han llevado varios temas en la familia y volveremos repetir. Excelente trato y comunicaciónPublicado en Google Carlos IglesiasTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Recomiendo este despacho a todos. Nos han llevado un tema contra una aseguradora y hemos quedado muy contentos.Publicado en Google Tania Elisa VasconcellosTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. 100%recomendado. Trato inmejorable y muy eficaces.Verificado por: TrustindexLa insignia verificada de Trustindex es el símbolo universal de confianza. Solo las mejores empresas pueden obtener la insignia verificada si tienen una puntuación de revisión superior a 4.5, basada en las reseñas de clientes de los últimos 12 meses. Leer más
EL EQUIPO DE SEGURIDAD SOCIAL
Cada asunto lo lleva el abogado del área que corresponde, con el apoyo del resto cuando el caso lo requiere.
Socio · Administrativo y disciplinario
Licenciado en Derecho (UNED) y Máster en Abogacía (UDC–ICACOR). Más de una década en la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil. Mediador homologado por el Ministerio de Justicia.
Socia · Laboral y Seguridad Social
Graduada en Derecho y Máster en Abogacía (UDC–ICACOR), con Máster en Dirección de Recursos Humanos y Máster en Intervención en Dependencia y Discapacidad. Ha trabajado en el Servizo Galego de Saúde (SERGAS) en materia de recursos humanos y como terapeuta ocupacional en ASPANAES.
Colaborador · Sanitario y protección social
Licenciado en Derecho (UNED) y Máster en Abogacía (UDC–ICACOR), con estudios de Medicina (USC) y más de veinticinco años en el sector de la tecnología médica. Letrado de la Asesoría Jurídica del SERGAS y asesor jurídico de Cruz Roja Española.
Se ocupa de las prestaciones del sistema público: incapacidad temporal y permanente, jubilación, viudedad, orfandad, recargo de prestaciones, determinación de contingencia, ingreso mínimo vital y prestaciones no contributivas. Interviene en el expediente ante el INSS, prepara la reclamación previa, presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social y recurre en suplicación ante la Sala de lo Social del TSXG cuando la sentencia no es favorable.
Frente a la resolución del INSS cabe reclamación previa en el plazo de treinta días hábiles y, si se desestima de forma expresa o por silencio, demanda ante el Juzgado de lo Social. Antes de eso conviene pedir el expediente administrativo completo: la mayoría de denegaciones se apoyan en un informe médico que describe el diagnóstico pero no las limitaciones funcionales. Corregir esa prueba es lo que cambia el resultado.
Treinta días hábiles desde la notificación para la reclamación previa. El INSS dispone de cuarenta y cinco días para resolverla; transcurridos sin respuesta se entiende desestimada. Desde la desestimación, expresa o presunta, hay otros treinta días hábiles para presentar la demanda. Son plazos de caducidad: agotados, ya no se recuperan, aunque el fondo del asunto fuese sólido.
La total inhabilita para las tareas fundamentales de tu profesión habitual, pero permite otro trabajo distinto. La absoluta inhabilita para toda profesión u oficio. La gran invalidez añade la necesidad de ayuda de otra persona para actos esenciales de la vida diaria. Existe además la parcial, que reduce al menos un treinta y tres por ciento el rendimiento en tu profesión. Cambian la cuantía, la tributación y la compatibilidad con trabajar.
Sí, pero corre mucho. Cuando el alta la emite el INSS tras agotar los trescientos sesenta y cinco días de incapacidad temporal, dispones de cuatro días naturales para manifestar tu disconformidad ante la inspección médica, y el alta queda en suspenso mientras se resuelve. Es el plazo que más veces se pierde, porque la resolución suele llegar en fin de semana o durante las vacaciones.
Sí, por agravación o por mejoría, y también por error de diagnóstico. La propia resolución del INSS fija el plazo a partir del cual puede instarse la revisión, habitualmente dos años. Si tu estado ha empeorado de forma acreditada, cabe pedir el paso de total a absoluta o de absoluta a gran invalidez. Conviene documentar la evolución con informes posteriores a la resolución inicial, no con los que ya se valoraron.
Cambia bastante. En contingencia profesional la base reguladora se calcula con las horas extraordinarias, el porcentaje que cobras es mayor desde el primer día y no se exige período previo de cotización. Además abre la puerta al recargo de prestaciones y a la reclamación de daños si hubo incumplimiento preventivo. La determinación de contingencia se puede impugnar ante el INSS y, después, ante el Juzgado de lo Social.
Es un incremento de entre el treinta y el cincuenta por ciento sobre todas las prestaciones derivadas del accidente o la enfermedad profesional, que paga directamente la empresa y que no puede asegurar. Lo regula el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social y exige acreditar el incumplimiento concreto de una medida de seguridad y su relación con el daño. Se tramita ante el INSS y es compatible con la indemnización por daños y perjuicios.
En muchos casos sí. La ley exige acreditar la inscripción en un registro de parejas de hecho, o el documento público de constitución, con al menos dos años de antelación al fallecimiento, y una convivencia estable de cinco años. Los tribunales han flexibilizado los medios de prueba de esa convivencia, y buena parte de las denegaciones responden a defectos de acreditación subsanables. Merece la pena revisar el expediente antes de darlo por perdido.
La primera valoración es gratuita y te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de iniciar cualquier actuación. Trae la resolución del INSS o de la mutua, los informes médicos que tengas, el informe de vida laboral y una descripción de las tareas reales de tu puesto. Si te falta parte, ven igual: lo importante es no dejar correr el plazo y el resto lo pedimos nosotros al INSS y a tu servicio de salud.
ZONA DE ACTUACIÓN
Nuestro despacho está en el centro de A Coruña, tramitamos expedientes ante las direcciones provinciales del INSS y los Juzgados de lo Social de toda Galicia, y atendemos por videollamada desde cualquier punto de España.
1ª valoración gratuita
Te decimos sin compromiso y sin rodeos qué se puede reclamar, cuánto y en qué plazo. Si tu caso no tiene recorrido, también te lo diremos.
¿Prefieres que te llamemos?
Déjanos tus datos y te llamamos hoy mismo. Sin compromiso.